A continuación se detallan las principales tarifas del Servicio Telefónico Básico, vigentes al 8 de noviembre de 2000.
TARIFAS COMUNICACIONES URBANAS
La tasación de las llamadas urbana se realizará de acuerdo con las siguientes tarifas:
Horario de tarifa normal: de lunes a viernes de 8 a 20 hs., y sábados de 8 a 13 hs. Cada 2 minutos $ 0,0469.
Horario de tarifa reducida: de lunes a viernes de 0 a 8 y de 20 a 24 hs., sábados de 0 a 8 y de 13 a 24 hs., y domingos y feriados nacionales durante las 24 hs.
Cada 4 minutos $ 0,0469.
Valor mínimo por comunicación completada $ 0,0469. Las tarifas para comunicaciones urbanas incluyen la clave 1 de Servicio Interurbano (llamadas hasta 30 km.).
TARIFAS COMUNICACIONALES INTERURBANAS
Clave 2 a 12
Horario de tarifa normal: de lunes a viernes de 8 a 21 y sábados de 8 a 13 hs.

Nota: Todos los circuitos interurbanos analógicos aptos para telefonía se regirán para determinar su tarifa por estos fraccionamientos de comunicaciones interurbanas de la Tarifa Normal.
Horario de tarifa reducida: de lunes a viernes de 0 a 8 y de 21 a 24 hs., sábados de 0 a 8 y de 13 a 24 hs., y do-mingos y feriados nacionales durante las 24 horas.
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El valor por minuto de las comunicaciones es referencial, dado que existe un valor mínimo por la comunicación completada $0,0469 y luego se fracciona por segundo. |
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Nota: Si el cliente tiene acceso al Discado Directo Nacio-nal y efectúa su llamado por operadora, sobre la tarifa correspondiente se le facturará un recargo del 30%.
Las llamadas urgentes por operadora se tasarán al triple de la tarifa que corresponda.
Las claves tarifarias son necesarias para determinar el valor de las comunicaciones y pueden observarse en las páginas sobre el Discado Directo Nacional.
TARIFA DE ABONO MENSUAL(Mantenimiento de línea)
Servicio Telefónico Medido/Ilimitado.

Bonificación para clientes de bajo consumo
Los clientes que pertenecen a la categoría Jubilados y Pensionados o Casa de Familia pueden beneficiarse con importantes descuentos debido al régimen de bonificacio-nes establecido para clientes de bajo consumo.
Las bonificaciones se aplicaran sobre el abono y el tráfi-co medido. Se calculan en base al consumo de la facturación presente y se aplica sobre la misma. Para acceder a los descuentos los clientes deberán cumplir con las siguientes condiciones:
- No deben ser titulares de más de una línea telefónica del Servicio Básico.
- El consumo mensual (promedio 30 días) de cada una de las dos facturaciones anteriores y el de la facturación vigente no podrá ser inferior a $0,0469, ni superar un va-lor máximo de $ 14,06 en el caso de Jubilados y Pen-sionados, y de $7,03 para Casa de Familia.
- A los fines de establecer el consumo mensual y la bonificación correspondiente, sólo se considerará el con-sumo mensual correspondiente al Tráfico Nacional del Servicio Básico Telefónico.
Las tarifas y bonificaciones fueron calculadas a un valor de Pulso Telefónico (PTFO) de $ 0,0469 sin iva, en pesos de acuerdo al art. 8º de la Ley Nº25.56.
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